Sentencia del Tribunal Supremo (Sala civil) de fecha 03/05/2018, núm. 261/2018.
En el caso enjuiciado, un contrato de permuta financiera (swap), se analiza el posible error vicio del consentimiento por omisión del test de idoneidad pero habiendo acudido el cliente a un asesoramiento externo. El Tribunal Supremo reitera jurisprudencia según la cual:
[…] la falta de realización del test de idoneidad lleva a presumir en el cliente la falta del conocimiento suficiente sobre el producto contratado y sus riesgos derivados pero, por sí sola, no determina la existencia del error vicio en el consentimiento prestado (entre otras, STS 12/2017, de 13 de enero ). Máxime en el presente caso, en donde la sentencia recurrida tiene en cuenta que el cliente tuvo conocimiento de la naturaleza y riesgos del producto a través de un asesoramiento externo especializado en este campo de la contratación.
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